Seleccione nombre del subsidio y otros beneficios
Nombre del programa o beneficio | Fuente legal | Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Objetivo del subsidio o beneficio | Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona | Período de aplicación o de vigencia (dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa) | Unidad monetaria | Monto total asignado al programa o beneficio | Enlace a los requisitos y antecedentes para postular | Periodo o plazo de postulación | Criterio de acceso | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
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Programa Transferencias al Sector Público | Ley N° 19.518 Fija Nuevo Estatuto De Capacitación y Empleo. | 25/06/2008 | ver enlace | Complementar las acciones propias de los organismos de la Administración del Estado que suscriban convenios de transferencia de recursos con SENCE, con capacitación para el empleo mediante la entrega de herramientas que faciliten la posterior inserción laboral de sus beneficiarios. Estos organismos son el Servicio Nacional de Menores (SENAME), Gendarmería de Chile (GENCHI), Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), y Las Fuerzas Armadas (EJÉRCITO ARMADA Y FACH), entre otros. | Departamento Capacitación a Personas | Anual (Por motivos fundados la Institución Pública podrá solicitar prórroga por 90 días). | Pesos | 2.959.082.000 | ver enlace | 2 de enero al 31 de diciembre 2014 | Las Instituciones públicas participantes deben: - Realizar un levantamiento anual de necesidades de capacitación de su población objetivo. - Elaborar el plan anual de capacitación, de acuerdo a las necesidades detectadas. - Suscribir el convenio anual con Sence, acordando objetivos, plan de capacitación a ejecutar, presupuesto y obligaciones contraídas por ambas partes. - Si el convenio excede las 5000 UTM, presentar Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, emitido por el Departamento de Administración y Finanzas de Sence, para luego enviarse a la Contraloría General de la República para toma de razón. - Presentar a Sence, para su aprobación, los planes formativos con enfoque basado en competencias laborales, es decir, diseñados en base a un perfil ocupacional, de modo de posibilitar y/o mejorar la empleabilidad de las personas, sea en trabajos dependientes y/o independientes. Los planes formativos que presenten las instituciones públicas deben cumplir con los estándares de diseño curricular y formato establecidos por Sence. La duración de cada curso debe ser, mínimo, de 100 horas, preferentemente con unos 70% de hora prácticas y 30% de horas teóricas. La asistencia mínima para optar a la aprobación del curso debe ser de un 75%. - Elaborar las bases administrativas para los cursos que serán licitados entre las Otec, en las que, entre otros aspectos, se debe mencionar expresamente al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y al Ministerio del Trabajo, como las instituciones públicas de este programa, cuya finalidad es entregar opciones de capacitación a las personas que les permitan lograr mejores condiciones laborales. Además, las bases de licitación deben estipular la forma en que la institución pública difundirá el programa, y su rol en las ceremonias de clausura y certificación de los cursos. Los organismos técnicos de capacitación deben: - Para fortalecer y unificar la imagen institucional ante los/as beneficiarios/as del Programa de Transferencias del Sector Público de SENCE, los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) deberán ajustarse a las instrucciones contenidas en las "Orientaciones Comunicacionales" que SENCE entregue. | ver enlace | ver enlace |